Ayudas y Prestaciones Económicas
para desempleados y familias sin recursos




El trabajador puede probar que no cobra las horas extra y exigirlas a la empresa.



Como todo sabemos acaba de entrar el vigor la norma que obliga a todas las empresas a anotar diariamente las jornadas de sus empleados y conservar estos datos durante cuatro años. Pues bien, también debemos saber que la empresa está obligada a entregar al trabajador, si lo pide, copia de su registro horario.

Este registro es una base de datos muy útil para conocer si está excediendo la jornada pactada en el contrato, establecida en el convenio o determinada por ley (40 horas semanales), y por tanto demostrar; si fuese el caso, que se están realizando horas extraordinarias que no se están cobrando ni en dinero ni en tiempo de descanso, como marca la ley.

Llegados a este punto, el trabajador puede reclamar judicialmente las horas extra impagadas, siempre teniendo en cuenta que el plazo para reclamar es de un año, es decir, en mayo de 2019 se pueden exigir las horas extra realizadas desde mayo de 2018. Además, también se puede denunciar a la empresa ante la Inspección de Trabajo para exigirle las cotizaciones correspondientes a esas horas, hasta un máximo de cuatro años.




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